RESERVAS, AUTORIZACIÓN Y PROCEDIMIENTOS

RESERVA DE PLAZAS

1.- Se reserva del 10% de las plazas ofertadas para cada ciclo para quienes acrediten mediante certificado expedido por el Departamento de Servicios Sociales de la Diputación Foral del Territorio Histórico correspondiente u órgano estatal similar competente, una discapacidad igual o superior al 33%. Será necesario que esta circunstancia se produzca durante el curso en el que se presenta la solicitud de admisión del alumno o alumna. Esta reserva se extinguirá una vez finalizado el período oficial de matriculación.

2.- Se reserva del 5% de las plazas ofertadas para cada ciclo para quienes acrediten ser deportistas de alto nivel o de alto rendimiento, mediante certificado del dictamen emitido por el órgano competente correspondiente. Será necesario que esta circunstancia se produzca durante el curso en el que se presenta la solicitud de admisión del alumno o alumna. Esta reserva se extinguirá una vez finalizado el período oficial de matriculación.

3.- Si no hubiera solicitudes de personas con discapacidad o de deportistas de alto nivel o rendimiento, la plaza reservada se adjudicará a las personas solicitantes.

AUTORIZACIÓN DE LA OFERTA Y GRUPOS

1.- Antes del inicio del período de admisión, se habilitará desde la Dirección de Formación y Aprendizaje en la aplicación de Gestión Académica, la oferta y grupos autorizados para cada centro.

2.- Finalizado el período ordinario de matrícula,  se confirmará la oferta en base al alumnado matriculado hasta esa fecha.


PROCEDIMIENTO INFORMÁTICO PARA LA MATRICULACIÓN

1.- La matriculación del alumnado, se realizará por medio de un procedimiento informático específico, diseñado a tal efecto por el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura del Gobierno Vasco, si bien la baremación de las solicitudes y la adjudicación de plazas se llevarán a cabo mediante el procedimiento ordinario del centro

2.- La conformación de grupos se autorizará a cada centro cuando estos grupos cuenten al menos con 12 alumnos o alumnas, siendo el número máximo de 15. No obstante, y con la debida autorización de la Dirección de Formación y Aprendizaje, podrán llegar a tener hasta 20 alumnos y alumnas, como consecuencia de la permanencia del alumnado no promocionado o para atender al alumnado desplazado de otro centro.